Urge que Alejandro Gertz Manero sea removido de la FGR

Gertz Manero & Murillo Karam
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.- A la luz de las circunstancias, el “Fiscal de Consigna” se ha auto-manipulado por su muy elevada ignorancia.

.- La Academia de Derecho Penal del Colegio de Abogados de México, demandó al Congreso de la Unión promueva un juicio de procedencia para desaforar a ese funcionario que descaradamente ha protegido al narco crimen organizado.

.- No hay que esperar tanto: así como encarcelaron años después al entonces ex procurador general de la República, Jesús Murillo Karam (hoy en desgracia política) por el Caso Ayotzinapa, desde ahora a Gertz hay que ponerlo en el banquillo de los acusados por el delito de Omisión y negarse abatir el narcoterrorismo en México que cada día opera con toda impunidad ante la complacencia de las fuerzas armadas y la Guardia Nacional, dejando una ola de terror y muerte.

Blas A. Buendía * _______

Al afirmar que “nunca antes en la de por sí agitada e intensa historia de la procuración de justicia en nuestro México, había habido un fiscal substancialmente manipulado por la ignorancia” y transformado en un “Fiscal de Consigna”, la Academia de Derecho Penal del Colegio de abogados de México, A.C., urgió al gobierno federal que ya lo remueva de la titularidad de la FGR, porque en lugar de enaltecer un aparato de justicia federal eficiente, cada día comete pifias que han detonado en contra de la imagen de toda la Nación al “darle manga ancha” al ahora narcoterrorismo que viene atacando directamente a la sociedad.

Éste gravísimo y veraz concepto, añade, se lo debemos completo a un Fiscal General de la República de nombre Alejandro Gertz Manero, que en el momento preciso de una máxima decisión política, se inclinó por procurar justicia, apoyándose en su muy elevada ignorancia, en irreversible e inaudito agravio a la Representación Social Federal, a la Justicia, al Caso Ayotzinapa, a la Cuarta Transformación de la Nación” y a México.

La Academia de Derecho Penal del Colegio de Abogados de México, de tal modo, demandó al Congreso de la Unión inicie los procedimientos necesarios para promover un juicio de procedencia para desaforar a ese funcionario, descaradamente viene protegido al narco crimen organizado.

“No hay que esperar tanto: así como encarcelaron años después al entonces ex procurador general de la República, Jesús Murillo Karam (hoy en desgracia política) por el Caso Ayotzinapa, desde ahora a Gertz hay que ponerlo en el banquillo de los acusados por el delito de Omisión y negarse abatir el narcoterrorismo en México que cada día opera con toda impunidad ante la complacencia de las fuerzas armadas y la Guardia Nacional, dejando una ola de terror y muerte”, sentenció el mencionado Colegio.

Alejandro y Jesús.

Detalló: “La que fue hasta antes del neoliberalismo una imponderable y siempre  erguida Procuraduría General de la Federación —la de la probidad intelectualidad—, evolucionaron en bien de la Patria varios funcionarios de talento y conocimientos, como lo fueron Don Eduardo Neri, Don Eduardo Delhumeau, Don Romeo Ortega, Don Ezequiel Padilla, Don Emilio Portes Gil, Don Genaro Vázquez, Don José Aguilar y Maya, Don Francisco González de la Vega, Don Carlos Franco Sodi, Don Fernando López Arias, Don Antonio Rocha Cordero, Don Julio Sánchez Vargas, Don Pedro Ojeda Paullada, Don Enrique Álvarez del Castillo, Don Sergio García Ramírez, y el último de esos grandes, Don Daniel Cabeza de Vaca”.

Asimismo, aclaró el Ateneo del Derecho: “A ninguno de esos grandes doctos e incorruptibles juristas, se les hubiera ocurrido jamás solicitar un libramiento de orden de aprehensión y/o un ejercicio de acción penal, pretendiendo sostener su acusación en la aplicación de una ley retroactiva, como la que solicitó Alejandro Gertz Manero por el sonado Caso Ayotzinapa”.

Veamos porqué —observó—: “El inconstitucional pedido de justicia emitido por la Fiscalía General de la República cuyo titular por desventura lo es Alejandro Gertz Manero, solicitó una orden de aprehensión en contra de más de 80 personas, por el caso de los 43 normalistas de Ayotzinapa desaparecidos, incluidas entre ellas, 20 en contra de mandos militares y personal de tropa de los batallones 27 y 41  de Iguala, incluyendo en ellas a Jesús Murillo Karam, ex Procurador General de la República, durante el régimen de Enrique Peña Nieto”.

Pero aun así, la Academia de Derecho Penal del Colegio de Abogados de México, fue más al fondo jurício: “La Constitución General de la República en el artículo 14 dispone de manera clara y comprensible que: ‘A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna’. Ello lo entiende cualquier jurista con mínima preparación y cultura jurídica”.

Con esta consigna de profundización legal, remató: “La Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, entró en vigor el 17 de noviembre de 2017. Como por todos es conocido, en torno al Caso de Iguala, arrojó una serie de episodios de violencia ocurridos durante la noche del 26 de septiembre y la madrugada del 27 de septiembre de 2014 en México. Luego entonces, la Ley de Desaparición Forzada de Personas no estaba vigente en el momento de tan lamentables acontecimientos que vivieron los 43”.

Es decir, la amañada fiscalía de Gertz pretendió aplicarlo en un plazo vacío de tres años, dos meses, nueve días, cuando dicha Ley ni siquiera era todavía ni Proyecto y menos Dictamen, para su Disposición Constitucional.

En suma —precisó la Academia— la ahora “Fiscalía de la Ignorancia” pretende hacer retroactiva una ley, que carecía de vida jurídica en el momento del evento delictivo. Por tanto, carece de fundamento constitucional, el pedido de Alejandro Gertz Manero en comento.

En este contexto, aclara que por ese simple hecho, funda irregularmente su insano capricho de resolver “el caso”, que de manera alguna puede estar por encima y sí por abajo del precepto expreso de la Carta Magna, como lo es el artículo 14, que ya quedó en lo conducente asentado.

“Lo más grave de todo ello, no resulta de lo solicitado, sino además en ésta ocasión, con motivo de su yerro evidentemente anticonstitucional, hace evidente que el Secretario de Gobernación no cumplió con su función de ‘vigilar’ el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del País, especialmente en lo que se refiere a las garantías individuales, dictando las medidas administrativas que requieren ese cumplimiento”. (Art. 27 Fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal).

En pocas palabras, la FGR pretende ejecutar la ley del “ahí se va”, lo que refleja perfectamente la idiosincrasia de millones de personas, de todos tipos y niveles sociales, pero lo más aberrante es que la misma autoridad, ya sea federal o local, hacen mal de todas las cosas, a medias o con pobre desempeño, pareciendo que ha sido el deporte nacional. “…Ahí se va…”

“¡Es cuanto!”, puntualizó el presidente de la Academia de Derecho Penal del Colegio de abogados de México, A.C., el prestigiado penalista Alberto Woolrich Ortiz.

Reportero Free Lance *

Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021

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